ORDENANZA IX - Nº 461
ARTÍCULO 1.- Apruébase por vía de excepción al Ordenamiento Urbanístico el fraccionamiento del inmueble identificado catastralmente como: Departamento 04, Municipio 59, Sección 019, Chacra 0135, Manzana 0011, Parcela 0021, conforme el plano adjunto que forma parte de la presente ordenanza como Anexo Único.
ARTÍCULO 2.- Las dimensiones definitivas de los lotes a crearse surgen del plano de mensura a efectuarse, las cuales deben ajustarse a las medidas establecidas en el Anexo Único.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al interesado que la presente tiene doce (12) meses de vigencia, transcurrido dicho tiempo, debe solicitar actualización por actuaciones separadas. Asimismo, debe regularizar las construcciones existentes en el inmueble una vez finalizado el trámite de subdivisión.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al interesado que debe retirar la construcción que invade la vía pública en un plazo de doce (12) meses desde la publicación de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.