ORDENANZA IX - Nº 453
ARTÍCULO 1.- Apruébase por vía de excepción al Ordenamiento Urbanístico la
mensura con unificación y fraccionamiento de los inmuebles identificados catastralmente como: Departamento 04, Municipio 59, Sección 011, Chacra 0000, Manzana 0000, Parcelas 116E y 116F, conforme los planos adjuntos que forman parte de la presente ordenanza como Anexo Único.-
ARTÍCULO 2.- Las dimensiones definitivas de los lotes a crearse surgen del plano de
mensura a efectuarse, las cuales deben ajustarse a las medidas establecidas en el Anexo Único.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al interesado que la presente tiene doce (12) meses de
vigencia, transcurrido dicho tiempo, debe solicitar actualización por actuaciones separadas. Asimismo, debe regularizar las construcciones existentes en el inmueble una vez finalizado el trámite de subdivisión.-
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.