ORDENANZA XI - Nº 132
ARTÍCULO 1.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la Donación con Cargo, que fuera dispuesta por la Resolución N 1544/20, Registro del Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA), a favor de la Municipalidad de la Ciudad de Posadas, del lote denominado en conformidad al Plano de Mensura N 44225 (D.G.C) como: Lote 12 Ex Cantera (catastral, Parcela 037 A) de la Sección 20 – Chacra 244, Municipio de Posadas, Departamento Capital Provincia de Misiones, Superficie Total: 9.037,39 m2; identificado catastralmente como: Departamento 04 – Municipio 59 – Sección 020 – Chacra 0244 – Manzana 0000 – Parcela 037A – Partida Inmobiliaria N° 127820, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Misiones, (Folio Real Matrícula N 61861 – Departamento Capital 04), tramitado bajo el Expediente Nº 05362-M-2020 (IPRODHA.).
ARTÍCULO 2.- El Departamento Ejecutivo Municipal se obliga a afectar dicho predio a la construcción de un parque para distintas actividades recreativas.
ARTÍCULO 3.- Inscríbase la transferencia establecida en el Artículo 1 en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Misiones, a los efectos que la Municipalidad de la Ciudad de Posadas tome posesión, titularidad y disposición del mismo, a los fines y de conformidad con lo establecido en la Resolución N 1544/20 registro del Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA).
ARTÍCULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a adecuar las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.